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Ventajas fiscales

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Su donación goza de ventajas fiscales!

Todas las donaciones efectuadas a Salute e Sviluppo gozan de ventajas fiscales, sólo hay que elegir si se deduce o desgrava la cantidad donada. Dado que Salute e Sviluppo es tanto una ONG -Organización No Gubernamental (http://www.cooperazioneallosviluppo.esteri.it/pdgcs/italiano/Partner/ONG/ONG.asp)- como una ONLUS -Organización No Lucrativa de Utilidad Social (art. 10, párrafo 8, del Decreto Legislativo 460/1197)-, el individuo o la empresa que realiza una donación es libre de decidir el tratamiento fiscal del que se beneficiará.
Dependiendo de la legislación aplicada a la donación, los beneficios son diferentes.

 

¿Es usted una persona física?

Tienes dos opciones según la normativa que se aplica a las donaciones realizadas a
entidades sin fines de lucro.
Elija si
– deducir el 26% del importe donado del impuesto bruto, hasta un máximo de 30.000 euros
(art.15, comma 1.1del D.P.R. 917/86);
– deducir de sus ingresos las donaciones, ya sean en metálico o en especie, por un importe no superior al
del total de sus ingresos declarados y, en todo caso, hasta un máximo de 70.000,00 euros anuales
(art. 14, comma 1 del Decreto Legge 35/05 convertito in Legge n. 80 del 14/05/2005).
Como alternativa, según el régimen fiscal que se aplica a las donaciones benéficas a las ONG, tiene otra
opción:
– deducir las donaciones de sus ingresos por un importe no superior al 2% del total de sus ingresos declarados
(art. 10, comma 1 lettera g del D.P.R. 917/86).

 

¿Es usted una empresa?

Entonces puedes:
– deducir las donaciones de los ingresos por un importe no superior a 30.000,00 euros o al 2% de los ingresos empresariales declarados
(art.100, comma 2 lettera h del D.P.R. 917/86);
– o deducir de los ingresos las donaciones, en dinero o en especie, por un importe no superior al 10% del total de los ingresos declarados
y en cualquier caso hasta un máximo de 70.000,00 euros al año
(art. 14, comma 1 del D. L. 35/05 convertito in legge n. 80 del 14/05/2005).
Si no sabe cuál es la mejor solución para usted, pregunte a su asesor de confianza o a la oficina fiscal de su país.
No te olvides de guardar:
– el recibo de pago, en caso de donación por giro postal;
– extracto de la tarjeta de crédito, para las donaciones con tarjeta de crédito;
– un extracto de su cuenta corriente (banco o correos), en el caso de las transferencias bancarias o domiciliación bancaria.

Nota: Los beneficios fiscales no son acumulables. Las donaciones en efectivo no están cubiertas por ninguna ayuda.[/vc_column_text][/vc_column][/vc_row]

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